Ecos de Pravia

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Ley del descanso dominical

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descanso-dominical-1La ley del descanso dominical, es decir, la que obligaba a un día de descanso a la semana, se aprobó el 3 de marzo de 1904 y, en general, generó mucha confusión sobre cómo debía de aplicarse. Su importancia radica en que, a partir de este momento, el ocio deja de ser algo exclusivo de las clases más pudientes, abriendo el camino a nuevas formas de entretenimiento de masas y a espectáculos y diversiones antes reservadas a unos pocos. Donde más tardó en calar esta ley, además de los sectores, como la minería, donde su cumplimiento dificultaba la producción de la empresa, fue entre el comercio y la hostelería. Los propietarios de los comercios lograron, justificándose en la costumbre de los mercados dominicales, convertirse en excepción a la ley. En el sector hostelero la batalla fue más dura, aunque los cafés pronto quedaron excluidos de su aplicación. La mayor preocupación la constituían las tabernas, centro de reunión de las clases trabajadoras y verdadero caballo de batalla para los sectores más conservadores de la sociedad. Así lo señala un editorial de El Carbayón, del 7 de septiembre de 1904:

¿Pero a donde van tantos obreros sin trabajo en ese día?
Los de nuestras aldeas oyen misa por la mañana, pasean y miran sus heredades y a la tarde van al Rosario a sus respectivas parroquias; pero los operarios de los centros industriales solo van al mitin… (…)
¿Qué hacen (…) los no católicos? celebrar reuniones de propaganda, atraer y entretener a los no iniciados con el fin de engrosar sus filas; facilidades que encuentran en la nueva ley y en la apatía de tantos elementos de valor en la miseria por falta de quien despierte sus energías. 

Los dueños de tabernas se organizaron rápidamente en gremios de expendedores de bebidas al por menor y matricularon mayoritariamente sus establecimientos como figones o cafés económicos para poder seguir abriendo los domingos.

En Pravia, el asunto preocupaba especialmente al párroco, Eulogio Suárez Méndez, don Eulogio, que ya el 25 de septiembre de de ese mismo año, según un documento que conservamos en el Archivo Histórico Municipal, se queja de que nunca se ha reunido la Junta de Reformas Sociales por lo que no se hace cumplir la ley de descansos dominicales, lo que perjudica la asistencia a la iglesia y misa dominical por falta de descanso. No le debieron de hacer mucho caso por el texto que se expresa al margen Contestado: no ha lugar a lo que se pide.denuncia-descanso-dominical-1

Unos años después, vemos que la ley se aplica incluso en el ámbito agrícola, a la vista de la actuación del cabo de la guardia municipal Severino Calleja, el 2 de mayo de 1915, denunciando a don Jesús Díaz García vecino del pueblo de Prahúa, [que] se permitió con su yunta y carro, llevar estiércol a la Vega de Pravia a las diez de la mañana del día de hoy, infringiendo por lo tanto la ley del descanso dominical.

 

 

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