Ecos de Pravia

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Más sobre el puente de Peñaullán

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En el siglo XVIII, el poder municipal se había visto poco a poco eclipsado por la influencia de la corona y la nobleza local, quedando convertido en mero apéndice de la administración central. Una muestra de esta situación es el texto que hoy os mostramos. En él se recogen las quejas del Ayuntamiento de Pravia en relación a la gestión de la construcción del puente de Peñaullán, que como sabemos no llegó a buen término. Se trata de un borrador, sin firma ni fecha, aunque casi con toda seguridad de 1801, depositado en el Archivo de la Casa Nueva del Campo de Pravia, en el que se pone de manifiesto el desacuerdo del Ayuntamiento en la elección del arquitecto, en detrimento del que habían escogido ellos, y, especialmente, en la gestión económica de los fondos municipales, acusando al Regente del Principado de favoritismo. Reinaba entonces Carlos IV, era Regente Andrés Lasauca y Collantes y el texto dice así:

D. Josef de Inclán y Arango y don Tomás González Arango y Queipo, regidores perpetuos de la villa y concejo de Pravia en el Principado de Asturias, y en su nombre el que en virtud de sus poderes abajo firma, con el debido respeto ante usted dice que deseando los referidos regidores se cumplan las sabias intenciones de V.A. y el mayor bien público de aquel concejo de Pravia en la construcción del puente de Peñaullán sobre el río Nalón, cual erección se dignó V.A. mandar en el su decreto de 11 de abril de este presente año, y para que se verifique el mayor acierto y economía en la ejecución de tan importante obra, se hace forzoso hacer presente a V.A. que el objeto principal de este acierto consiste en la elección del mejor arquitecto director de esta obra, pero como se haya frustrado todo este objeto con el nombramiento que hizo el regente de dicho Principado en don Francisco de Pruneda; quien por su corta inteligencia no puede ofrecer el desempeño que se necesita, como se ha visto con evidencia en los ensayos que en presencia de dicho regente y regidores hizo en las vegas del río Nalón, quedándose indeciso en la determinación de la dirección de dicho puente, con cuyo motivo para suplir las faltas de su insuficiencia se hallaron en la posición tanto dicho regente como aquel Ayuntamiento el determinar la venida del arquitecto de la Real Academia don Manuel de la Peña y Padura, autor de los planos que V.A. tiene aprobados, cuya determinación consta en el acuerdo de la Junta que para este efecto entre otros se celebró en dicha villa de Pravia en el día 12 del presente mes de julio. En esta inteligencia no pueden menos los referidos regidores de molestar a V.A. con los reparos siguientes:

Proyecto de Manuel de la Peña y Padura para el puente de Peñaullán, publicado en «Gran Enciclopedia Asturiana», voz «Pravia», redactada por Manuel López de la Torre, tomo 12, p. 26.

El primero es que siendo el otro arquitecto Pruneda el mismo que habiendo levantado unos planos para este puente, no han merecido la aprobación de la Real Academia por los muchos errores y defectos que contenían; lo cual no pudo ocultarse a la noticia de dicho regente cuando esto mismo se expresa en el decreto arriba dicho de V.A.; siendo cierto además que dicho don Francisco Pruneda tiene obligada su asistencia a la ciudad de Oviedo, como fontanero que es de ella, por lo que se hace muy extraña esta elección de dicho regente, como el que hubiese apoyado su solicitud recomendándole en sus informes, que se remitieron a V.A. por lo que es más gravoso y perjudicial al público: y hace demostrable la de adhesión de dicho regente hacia este arquitecto es el haberle consignado cincuenta reales cada día para su salario, siendo así que en otras comisiones que ha tenido dicho arquitecto en este concejo, jamás llegó a percibir tan enorme diario: esto supuesto, y que el celo de V.A. exige de aquel ayuntamiento tanto el acierto como la economía de la obra de dicho puente, cómo podrán dichos regidores dejar de exponer a V.A. que la dirección de toda esta obra colocada en el arquitecto de la Real Academia don Manuel de la Peña y Padura: con solo el premio de ciento cincuenta reales anuales, ofrece, no solamente la total seguridad del acierto, sino también un considerable exceso de economía, cuyo argumento no necesita de otra demostración que considerar que los salarios del arquitecto Pruneda importan cada año 18.250 reales y los de don Manuel de la Peña importan sólo 15.000 reales, a todo lo cual debe añadirse que la insuficiencia de Pruneda obliga a solicitar la venida de aquél, para fijar en este verano la dirección de dicho puente y obligará también a que no se excuse otra venida para la erección de los primeros arcos, estas comisiones del referido Peña no pueden dejar de acrecentar el gasto de 6.000 reales poco más o menos cada una, lo cual puede evitarse entregando la dirección de la obra al arquitecto don Manuel Peña, quedando, como se expresa, evidenciada la mayor economía de esta obra, como asegurado también el mayor acierto de ella: Pues si don Francisco Pruneda se cree acaso suficiente director de la obra ¿a qué fin se pide inexcusablemente la venida del arquitecto Peña? Si el dicho Pruneda es insuficiente, como va demostrado, ¿por qué no se ha de encomendar esta obra a dicho Peña tomándola de su cuenta por menos costo que aquél? En consideración de esta reflexión se hace desear por los referidos regidores como igualmente por los vecinos del concejo el que no solamente se confíe el cargo de toda esta obra a don Manuel de la Peña y Padura, sino que mande V.A. se suspenda por ahora hasta su venida toda ejecución mediante a que entre otros absurdos cometidos por el arquitecto Pruneda, es uno de ellos y el más lastimoso haber mandado demoler el peñón de la ermita de Peñaullán, para fijar en él la cabeza de dicho puente, cuyo peñón es el único defensivo de las corrientes del río Nalón; cuya consideración movió al arquitecto Peña el dirigir el puente por debajo de dicho peñón, como todo consta así en los planos y advertencias que ha presentado a V.A. y porque además si se destruyese tan fuerte defensivo, que concedió la naturaleza, quedaría expuesta a una inundación toda la vega de Peñaullán y mudaría de madre irremediablemente el dicho río Nalón.

Con orden a la economía que necesariamente debe observarse en los crecidos gastos de esta obra, para que pueda tener efecto no pueden dejar los referidos regidores de manifestar a V.A. como en diez días que permaneció en la villa de Pravia dicho regente no quiso tratar con el Ayuntamiento ningún plan de economía para esta obra, sino que se ha opuesto a cuantos se le propusieron por dicho Ayuntamiento, y porque V.A. pueda hacer el más verdadero concepto de esta verdad no se duda asegurar a V.A. que todas las disposiciones dadas por el referido regente no descubren otro objeto que el favor y ninguno de economía. Lo primero se evidencia por haber elegido tres comisarios para el gobierno económico de la obra, cuya elección se hizo en la ciudad de Oviedo. Luego al punto se supo estar decretada esta obra por V.A. y antes que hubieren salido de la contaduría sus planos. Estos comisionados son don Narciso López de Grado y don Josef de Salas, vecinos y regidores de la villa de Pravia, los que han pretendido y solicitado esta comisión anticipadamente como el bien público, y el otro comisionado es don Rodrigo de Llano Ponte, bien que este no lo ha pretendido y aún lo rehúsa por ser vecino de la villa de Avilés y no poder venir a la villa de Pravia, sin embargo de esta imposibilidad de su asistencia tuvo a bien el dicho regente el conservarle en su comisión relevándole de toda asistencia, y con el único destino de dar la cuenta a dicho regente de los progresos de la obra, ¿pero cómo ha de dar esta noticia el que vive ausente? ¿Por ventura se pueden excusar los dos comisionados antecedentes de dar estas noticias a dicho Regente por sí mismos desde la villa de Pravia habiendo dos correos en la semana y habiendo proposiciones de dar estas noticias todos los días si el caballero regente las inquiriese? ¿acaso rehúsa dárselas aquel Ayuntamiento? Lo más extraño y aún vergonzoso es que el caballero regente haya manifestado su favor decidido hacia los comisionados relevándolos de dar cuentas algunas a la Justicia y Ayuntamiento de la villa de Pravia de la inversión de todos los caudales y despojando, contra todo derecho, a dicha Justicia y Ayuntamiento de esta intervención; siendo así que este Ayuntamiento es quien ha solicitado dicho puente y el que ha procurado economizar el caudal que han rendido los propios para este objeto. No puede ocultarse a sabia penetración de V.A. que los que obran bien no huyen de la luz, y por consiguiente si los comisionados proceden en todo con acierto y economía ¿por qué han de rehusar que la Justicia y Ayuntamiento vean las cuentas? Y si no proceden así, ¿por qué han de huir de las luces que puede comunicarles todo el Ayuntamiento ni a este se le ha de privar de un derecho que es inseparable a su obligación? Señor, la Justicia y Ayuntamiento no pueden menos de presentar a V.A. estas quejas tan fundadas en justicia, así por las razones que quedan expresadas como porque en la orden que V.A. se dignó a comunicar al caballero regente sobre la construcción de esta obra no se le manda que despoje a la Justicia y Ayuntamiento de esta villa de todos sus derechos en la intervención de esta obra, ni tampoco el que nombre para ese fin comisionados algunos, que para nada serán útiles sino para acrecentar gastos, y equivocan el verdadero orden de todas las cosas y motivan la desconfianza pública que es harto conocida. El verdadero orden económico que proponen a V.A. dichos regidores es tan sencillo como superiormente ventajoso al que sigue actualmente y el mismo también que habrá creído se siguiese: don Manuel de la Peña y Padura, para no tasar esta obra en más costos que en los millones: siendo esta obra importante al bien público lo es más aún a dichos regidores de la villa de Pravia como mayores hacendados, por tanto no rehúsan tomar cualquier trabajo en beneficio del público y suyo propio; esta trabajo solamente cifra en celar dicha obra y sus operarios, y que estos sean de los mejores, y en pagarles sus jornales todos los sábados: este es un trabajo de ninguna consideración, y por lo mismo los regidores habrán de turnarse mensualmente en este oficio sin sueldo ni recompensa, y al fin de cada mes dará su cuenta de gastos a la Justicia y Ayuntamiento el regidor de turno que sale, el que no puede engañar jamás al Ayuntamiento porque este sabe el número de operarios que hay y el sueldo que gozan: esta cuenta mensual aprobada por la Justicia y Ayuntamiento se remitirá al caballero regente, para que la vea y confirme, y sucesivamente todos los meses, y al fin de cada verano podrá el caballero regente remitir a la Contaduría de Propios estas cuentas mensuales con expresión del total de ellas al pie. Tampoco es preciso que salga del arca del depósito ningún dinero sino el preciso para hacer los pagos cada mes, y de consiguiente no pretenden dichos regidores que en su poder subsista dinero alguno sino que se observe puntualmente la ley que en esto habla: otrosí que las obras públicas que se hubiesen de hacer a costa del concejo, o de las penas, o en otra manera, se hagan a menos costa, y a más provecho del concejo que ser pudiere; y que las personas que en ello hubiesen de entender sean tales que lo hagan fielmente y no hagan costa demasiada salvo la que fuese necesaria para que la obra sea bien hecha, y el que fuese obrero y veedor de la obra no tenga cargo de recibir ni gastar el dinero por su mano. [subrayado en el original] Siendo el caudal de propios un dinero que pertenece a todo el público de este concejo no debe rehusar este Ayuntamiento el oír, como lo hará, a cualquier persona del concejo que proponga, en cualquier ramo, el más leve ahorro. El Ayuntamiento lo aceptará y dará gracias para que allí se verifique la confianza del público como está [ilegible] que dicho concejo de Pravia necesita de la más escrupulosa economía para que pueda lograr el fin de ver conseguido un puente que será de primer orden en España en todas circunstancias así de costo como de su arquitectura: es preciso manifestar ante V.A. que en el día no se observa economía alguna sino que solo el favor es el que domina, y prueba de ello baste ahora expresar que no pasando de sesenta todos los operarios, y habiendo quien tome esta lista por un real más que se le añada de sueldo, se ha creado por favor un alistador que por lo menos gozaría doce reales diarios. con esa inteligencia no dudan los referidos regidores hacer presente a V.A. que no concediéndose a la Justicia y Ayuntamiento de dicha villa la intervención económica en esta obra, que desde ahora protestaron no dar sus poderes para que se tome ningún dinero a censo para seguir en dicha obra, porque sucederá, como todos estamos viendo, que el concejo quedaría sin dineros y sin puente y su fondo gravado para siempre. Por todas estas razones y más que ofrece exponer y omite ahora por no molestar más la atención de V.A.

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